Ley Nº 3.788/2010 - "QUE CREA EL INSTITUTO PARAGUAYO DE TECNOLOGÍA AGRARIA"
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
CAPITULO I
Artículo 1º.-
Creación y naturaleza jurídica. Crease el Instituto Paraguayo de
Tecnología Agraria, IPTA, en adelante, el instituto, como persona
jurídica autárquica de derecho público.
Artículo 2º-
El Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria, IPTA tendrá su domicilio
legal y sede principal en la ciudad de San Lorenzo, Departamento Central
y cuando el cumplimiento de sus fines lo requiera, podrá establecer
dependencias técnicas y administrativas en otros puntos del país. Los
procesos judiciales en los que el Instituto intervenga como actor o
demandado, deberán tramitarse ante los juzgados y tribunales del
domicilio legal de su sede principal.
Artículo 3°.- Subordinación
y coordinación. El Instituto se regirá por las disposiciones de esta
Ley y sus reglamentaciones, y mantendrá relaciones con el Poder
Ejecutivo por conducto del Ministerio de Agricultura y Ganadería. El
Instituto coordinará actividades con el Ministerio de Agricultura y
Ganadería en aquellos asuntos que por su naturaleza requieran
planificación y gestión integrada con la mencionada cartera de Estado,
sin perjuicio de las demás vinculaciones que deba establecer con otros
organismos oficiales y privados para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 4°.-
Fusión. El Instituto se constituirá con la fusión de las siguientes
dependencias del Ministerio de Agricultura y Ganadería, a las que sucede
y reemplaza en sus derechos y obligaciones: la Dirección de
Investigación Agrícola (DIA); la Dirección de Investigación y Producción
Animal (DIPA); y la Unidad de Investigación Forestal del Servicio
Forestal Nacional (UIF).
Artículo 5°.-
Objetivos. El Instituto tendrá por objetivo general la generación,
rescate adaptación, validación, difusión y transferencia de la
tecnología agraria, y el manejo de los recursos genéticos agropecuarios y
forestales. Su objetivo específico es el desarrollo de programas de
investigación y de tecnologías que permitan elevar la productividad de
los productos de origen agropecuario y forestal, a fin de potenciar su
competitividad para el mercado interno como el mercado de exportación.